La reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y radiodifusión refrenda, en sus artículos 2°, 6°, 7° y 28, como derechos fundamentales la libertad para expresarse, acceder, y difundir las ideas; el acceso a las tecnologías de la información y de la comunicación, así como a servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, entre éstos el de banda ancha e internet; la inclusión…
HagamosWeb30 junio, 2014