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La Minuta

Corte de París admite demanda de comunidad zapoteca contra empresa eólica francesa; decisión histórica ante empresas trasnacionales

En un hecho histórico para comunidades indígenas afectadas por empresas trasnacionales, la Corte de Apelaciones de París admitió la demanda civil interpuesta por la comunidad zapoteca Unión Hidalgo Oaxaca, contra el gigante energético francés Électricité de France (EDF), por no respetar su derecho al consentimiento libre, previo e informado en la instalación del parque eólico Gunaa Sicarú, anunciaron en un comunicado las organizaciones Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDesc) y el centro Europeo de Derechos Constitucionales y Humanos (ECCHR).

Para la comunidad, este fallo es un paso crucial hacia adelante en su lucha por la justicia y la de otras comunidades, pues por primera vez un pueblo indígena apela sus derechos bajo la ley francesa con el fin de responsabilizar a la empresa francesa por violar derechos territoriales colectivos

“Esta decisión histórica envía un mensaje claro a las empresas transnacionales: sus actividades pueden estar sujetas a revisión judicial siempre que no cumplan con la ley. También abre el camino para que otras comunidades afectadas exijan acceso a la justicia en los países de origen de las corporaciones, gracias a esta adecuada interpretación de la Ley de Vigilancia”, asegura Guillermo Torres, Coordinador de Justicia Transnacional de ProDESC.

Ambas organizaciones junto a personas defensoras de derechos humanos de Unión Hidalgo, presentaron una demanda ante el Tribunal Civil de París contra EDF en octubre de 2020 por violación de su deber de vigilancia, no respetó el derecho de la comunidad indígena al consentimiento libre, previo e informado en la planificación del parque y tampoco tomó medidas adecuadas para prevenir la intimidación, el acoso y la violencia contra las y los defensores de los derechos humanos que criticaban el proyecto, además señalaron que la corte aclaró pasos cruciales relacionados con el acceso a la justicia para futuros casos bajo la Ley francesa del Deber de Vigilancia de las Empresas.

Sin embargo lamentaron que la Corte de Apelaciones no ordeno a la empresa EDF suspender el desarrollo del proyecto hasta que se haya tomado una decisión final “Nos alienta la decisión del tribunal de reconocer la admisibilidad de nuestra demanda contra EDF, lo cual reafirma nuestro derecho a impugnar acciones corporativas que violan nuestros derechos sobre tierras comunales y derechos humanos. Sin embargo, lamentamos profundamente que el tribunal se haya negado a emitir medidas cautelares para suspender el proyecto en curso a pesar de la clara evidencia de los riesgos y violaciones que enfrentamos”, asegura Guadalupe Ramírez, defensora de derechos humanos de Unión Hidalgo.

La ley francesa del Deber de Vigilancia otorga a los tribunales nacionales la capacidad de controlar las acciones de las empresas francesas cuando causan daño en el extranjero. Al decidir declinar pronunciarse sobre la solicitud de medidas cautelares, el tribunal ha limitado el objetivo preventivo de la ley.

Comunicado El Tribunal de Apelaciones de París admite demanda civil contra el parque eólico de EDF en México – ProDESC |Antecedentes EDUCA Unión Hidalgo consigue cancelación definitiva del megaproyecto eólico Gunaa Sicarú  |Ordena Juez a presidente de Unión Hidalgo dejar sin efecto permiso de construcción otorgado a empresa eólica – EDUCA (educaoaxaca.org)

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